Notas importantes acerca de la publicación del RD Ley 8/2019, de 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
Siguiendo con la publicación de las notas de interés (tres) acerca de alguna de las medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo aprobadas mediante el RD Ley 8/2019 de 8 de marzo.
En esta tercera nota (ver la primera y la segunda nota) nos centramos en medidas que tienen que ver con:
- Artistas en espectáculos públicos incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Ampliación de los beneficios del Fondo de Garantía Juvenil.
- Recuperación del Fondo estatal para ayudar a los inmigrantes.
- Apoyo de la prolongación de la vida laboral de los contratos fijos discontinuos en el sector de la hostelería mediante bonificación.
- Prestación de paternidad.
- Se modifica la Ley 47/2015 de 21 octubre reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
- Creación de un Grupo de Expertos para la creación de un nuevo Estatuto de Trabajadores.
Artistas en espectáculos públicos incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social
El artículo 6 modifica el art. 249 ter.1 LGSS con la finalidad ampliar el plazo de solicitud de la inclusión en el Régimen General durante los períodos de inactividad, a cualquier momento de año, siempre y cuando acrediten, al menos, 20 días en alta con prestación real de servicios en el año anterior.
Ampliación de los beneficios del Fondo de Garantía Juvenil
La disposición final primera modifica los artículos 88, 97.c), 98.5, 101.4 y 112 a) de la Ley 18/2014 de 15 octubre, ampliando los beneficios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) para los jóvenes entre 16 años y menores de 30 años, especialmente a los que están entre los 25 y los 30 años, y así evitar la posible incertidumbre acerca del límite del 20% de la tasa de desempleo (EPA), en este colectivo. De acuerdo con la disposición transitoria primera, el límite de los 30 años será también para los ya inscritos en el momento de entrada en vigor en este RDL.
Recuperación del Fondo estatal para ayudar a los inmigrantes
Con el objetivo es financiar las actuaciones que permitan el desarrollo conjunto de una estrategia de integración de inmigrantes, solicitantes de asilo y beneficiarios de protección internacional con el fin de garantizar la cohesión social, dar respuesta al desafío de los nuevos flujos migratorios y garantizar el respeto de los derechos y obligaciones internacionalmente reconocidos, en la disposición adicional segunda se contempla que el Gobierno y las comunidades autónomas acuerden en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar la integración social de los inmigrantes y que tales programas sean financiados con cargo a un fondo estatal para la integración de los inmigrantes, que se dotará anualmente -este año, 70 millones de euros-, y que podrá incluir fórmulas de cofinanciación por parte de las administraciones receptoras de las partidas del fondo.
Apoyo de la prolongación de la vida laboral de los contratos fijos discontinuos en el sector de la hostelería mediante bonificación
Para el mantenimiento de este tipo de contratos durante los meses de febrero, marzo y noviembre, el artículo 9 establece que a estos contratos se les podrá aplicar una bonificación del 50% en la cuota de cotización por contingencias comunes, por desempleo, FOGASA y formación profesional de esos trabajadores. Esta medida será de aplicación desde el 1 de enero de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019.
Se modifica la Ley 47/2015 de 21 octubre reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero
El artículo 4 modifica determinados artículos de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, estableciendo una nueva prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, así como se adecuan las referencias a maternidad y paternidad a la nueva denominación de nacimiento y cuidado del menor.
Si no se realizase esta modificación, las personas encuadradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar de la Seguridad Social no gozarían de la misma protección social que el resto de trabajadores.
Prestación de paternidad
También incluye aclaraciones sobre el Decreto-Ley 6/2019, que amplía el permiso de paternidad: establece que hasta el 1 de abril la prestación de paternidad permanecerá como hasta antes de la reforma y que los tiempos en los que se aplique la reducción de jornada por cuidado de lactante (o por cuidado de menor) computarán de cara a las prestaciones como si se hubiera mantenido la jornada normal. (Disposición transitoria tercera).
Creación de un Grupo de Expertos para la creación de un nuevo Estatuto de Trabajadores
La disposición adicional primera señala que el Gobierno constituirá antes del 30 de junio del presente año un grupo de expertos y expertas para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.