Claves del nuevo régimen para empleadas del hogar
El Consejo de Ministros aprobó el día 6 de septiembre de 2022 un Decreto-Ley (16/2022) en el que se regulan las nuevas condiciones laborales de los empleados al servicio del hogar, un colectivo integrado por 373.120 personas, en su mayoría mujeres.
Este Real Decreto-ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, permite equiparar las condiciones laborales de este colectivo al del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena en el ámbito laboral y en el de la Seguridad Social.
Prestar servicios en el hogar familiar se ha caracterizado, tradicionalmente, por tener un tratamiento diferenciado tanto por realizarse en un ámbito privado y no en una empresa, como por la alta variabilidad de las jornadas o del número de personas empleadoras.
Prestaciones por desempleo
Las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a la prestación por desempleo como el resto de los trabajadores, un derecho del que carecían hasta ahora, por tanto, serán obligatorias las cotizaciones por desempleo y al FOGASA (Fondeo de Garantía Salarial) a partir del 1 de octubre.
Aspectos fundamentales a tener en cuenta respecto a las cotizaciones de las empleadas del hogar
- ¿Cuáles son las nuevas obligaciones de cotización?
- ¿Existe algún tipo de reducción o de bonificación?
- ¿Son para todo el mundo? ¿Cuánto voy a pagar ahora por la cotización de mi empleada de hogar?
- ¿Tengo que dar de alta y cotizar por una persona que realiza tareas en el hogar cualquiera que sea el número de horas y aunque preste servicios en otros hogares?
- ¿Qué pasa si no lo hago?
El fin de la relación laboral
Quiero terminar la relación contractual con mi empleada de hogar:
- ¿Cómo puede terminar la relación laboral?
- ¿Es posible extinguir una relación laboral sin alegar ninguna causa?
- ¿Hay causas específicas para el despido de una empleada de hogar?